La
Resolución Ministerial N° 094 de fecha 9 de mayo de 2013, publicada en
Gaceta Oficial N° 40.163 de la misma fecha, obliga a la prescripción de
medicamentos por Principio Activo o Denominación Común Internacional
(DCI), y a la vez prohíbe que se utilice cualquier tipo de propaganda en
los récipes.
En
fecha 26 de abril de 2016, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo
de Justicia, en Decisión 277-2016, acuerda Medida Cautelar que ordena al
Ministerio del Poder Popular para la Salud a tomar medidas para el
cumplimiento de la prescripción por Principio Activo.
Por
estas razones, el Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria (SACS),
Órgano Adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS),
emite la Providencia Administrativa N° 125-2016, que obliga a los
centros donde se prescriban medicamentos a colocar un cartel con la
obligatoriedad de hacerlo por Principio Activo o Denominación Común
Internacional (DCI) y que prohíbe el utilizar cualquier tipo de
propaganda comercial en los récipes, dando cumplimiento a la solicitud
del TSJ y lo ordenado en la Resolución N° 094.
Éste mismo cartel debe ser colocado en todos los establecimientos públicos y privados que dispensen medicamentos.
Para
el cumplimiento de ésta medida, el SACS ha fijado un plazo máximo de 45
días continuos y su incumplimiento será sancionado de acuerdo a la
normativa legal vigente.
A partir de hoy está disponible en el portal WEB del SACS la Providencia Administrativa y el modelo de Cartel.
Lcda. Katherin Pereira Gómez
Prensa SACS
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